Senadores impulsan reformas para definir el maltrato a los adultos mayores

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Senadores impulsan reformas para definir el maltrato a los adultos mayores

La definición será: cualquier acción o conducta que les cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico, tanto en el ámbito público como en el privado

El senador Joel Padilla Peña, del PT, propuso reformas a los artículos 3º y 3º bis, de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, para igualar la definición de violencia contra este sector de la población, con la establecida en la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores.

Entre los cambios a la ley, se plantea incluir la definición de maltrato, negligencia y abandono contra estas personas, tomando como referencia dicha Convención. Asimismo, se modifican los tipos de violencia, para atender los tipos de abuso, maltrato y violencia que padecen las personas adultas mayores.

Así, la definición de Violencia Contra las Personas Adultas Mayores será: cualquier acción o conducta que les cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico, tanto en el ámbito público como en el privado.

Comprende, entre otros, distintos tipos de abuso, incluso el financiero y patrimonial, y maltrato físico, sexual, psicológico, explotación laboral, la expulsión de su comunidad y toda forma de abandono o negligencia que tenga lugar dentro o fuera del ámbito familiar o unidad doméstica o que sea perpetrado o tolerado por el Estado o sus agentes dondequiera que ocurra.

Además, se incluye la definición de abandono, como la falta de acción deliberada o no para atender de manera integral las necesidades de una persona mayor que ponga en peligro su vida o su integridad física, psíquica o moral.

En tanto que el abuso económico, será toda acción u omisión del agresor que afecta la supervivencia económica de la víctima. Se manifiesta a través de la apropiación de las percepciones económicas de la Persona Adulta Mayor, o mediante el aprovechamiento o mal uso de las propiedades o posesiones de la Persona Adulta Mayor, así como la percepción de un salario menor por igual trabajo, dentro de un mismo centro laboral.

La propuesta también incorpora los conceptos de abuso sexual, maltrato, maltrato psicológico y negligencia.

Padilla Peña, agregó que se busca que a través del nombramiento y visibilización de las conductas y omisiones que les causan daño o sufrimiento a los adultos mayores, se deje de normalizar el maltrato que pueden sufrir.

Al mismo tiempo, reconoció, la sociedad estará pendiente de los diferentes indicios de abuso, violencia o maltrato, y se presentarán las denuncias correspondientes.

El legislador agregó que en 2016, la Organización Mundial de la Salud reportó que más de 15 por ciento de las personas de 60 años o más fueron objeto de alguna forma de maltrato. No obstante, aclaró, dicho porcentaje está subestimado, pues solo se denuncia uno de cada 24 casos.

La iniciativa fue turnada para su análisis a las comisiones unidas de Desarrollo y Bienestar Social, y de Estudios Legislativos.

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